top of page

Planificación fiscal de fin de año: lo que revisamos con nuestros clientes antes del 31 de diciembre

hace 2 horas
7 min de lectura

Cada año pasa lo mismo: llega enero, nos sentamos a preparar el cierre y descubrimos que un cliente podría haber pagado menos impuestos si hubiera tomado alguna decisión unas semanas antes. El problema es que, a esas alturas, el ejercicio ya está cerrado y poco se puede hacer.

Por eso, entre asesores sabemos que el último trimestre es el momento clave para la planificación fiscal. Todavía hay margen para actuar sobre el resultado del año y para que el cliente perciba que no solo cumplimos con sus obligaciones, sino que le ayudamos a tomar mejores decisiones. En esta entrada repasamos los puntos que conviene revisar con nuestros clientes antes del 31 de diciembre.

En resumen: todo lo que queramos que cuente en este ejercicio (inversiones, aportaciones, donativos o decisiones sobre los fondos propios) tiene que estar hecho y bien documentado antes del 31 de diciembre. En enero ya solo podremos contar lo que pasó.

Amortizaciones, inversiones y gastos deducibles

Uno de los primeros temas que solemos tratar con el cliente es si tiene inversiones previstas a corto plazo. Un ordenador, una furgoneta o maquinaria que pensaba comprar en enero puede tener más sentido adquirirla y ponerla en funcionamiento antes de que acabe el año, ya que su amortización empieza a computar desde ese momento. Ojo con el matiz: no basta con comprar; el bien tiene que estar en condiciones de funcionamiento.

En empresas de reducida dimensión, además, conviene recordar la libertad de amortización para elementos nuevos de escaso valor (hasta 300 € por unidad, con un límite anual de 25.000 €), que permite deducir el gasto entero en el ejercicio. Eso sí, la regla de oro es la de siempre: la inversión tiene que tener sentido para el negocio, no comprar solo para pagar menos.

También conviene repasar con calma los gastos deducibles. Es habitual encontrarnos con gastos vinculados a la actividad que el cliente no nos ha hecho llegar o que no están bien documentados. Recordarle que necesitamos la factura completa y que el gasto debe estar relacionado con su actividad nos evita sustos más adelante.

Otro punto que a menudo se pasa por alto son los clientes morosos. Si hay facturas que llevan tiempo sin cobrarse, merece la pena revisar si se cumplen los requisitos para registrar el deterioro de esos créditos (con carácter general, que hayan pasado seis meses desde el vencimiento) y que el impago no penalice todavía más al cliente. Es también un buen momento para comprobar si procede modificar la base imponible del IVA de esas facturas, ya que los plazos para hacerlo son estrictos.


Planes de pensiones y donativos: dos clásicos del IRPF

En el caso de autónomos y personas físicas, las aportaciones a planes de pensiones siguen siendo una de las herramientas más conocidas para reducir la base imponible del IRPF. Lo importante es revisar con el cliente cuánto ha aportado ya durante el año y si le queda margen hasta el límite vigente, que con carácter general es de 1.500 € anuales (y nunca más del 30 % de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas).

En el caso de los autónomos, además, conviene valorar los planes de pensiones de empleo simplificados para autónomos, que permiten aportar hasta 4.250 € adicionales, hasta un máximo conjunto de 5.750 €.

Los donativos a entidades acogidas a la ley de mecenazgo también generan derecho a deducción, y la normativa premia especialmente las primeras cantidades donadas y las donaciones recurrentes a una misma entidad:

  • Primeros 250 €: deducción del 80 %.

  • Resto del importe: 40 %, que sube al 45 % si el cliente ha donado a la misma entidad un importe igual o superior en los dos años anteriores.

  • Sociedades: 40 % en el Impuesto sobre Sociedades (50 % si hay recurrencia), con un límite del 15 % de la base imponible.

Muchos clientes colaboran con alguna ONG o fundación y no saben que pueden aprovecharlo. Conviene pedirles que guarden el certificado de la entidad y comprobar que esta ha comunicado el donativo a Hacienda.

En ambos casos, el mensaje es el mismo: las aportaciones tienen que hacerse antes del 31 de diciembre para que cuenten en la declaración de este ejercicio. Y mejor con unos días de margen: una transferencia ordenada el último día puede no hacerse efectiva a tiempo.


Reserva de capitalización: la gran olvidada en sociedades

Cuando el cliente es una sociedad, uno de los incentivos que más conviene tener presente es la reserva de capitalización del Impuesto sobre Sociedades. Permite reducir la base imponible en función del incremento de los fondos propios del ejercicio, siempre que ese importe se mantenga en la empresa durante el plazo que marca la ley y se dote una reserva indisponible.

Tras la reforma de la Ley 7/2024, el incentivo es más atractivo que antes: la reducción general pasa al 15 % del incremento de fondos propios (y puede llegar a porcentajes mayores si la empresa aumenta su plantilla) y el plazo de mantenimiento se acorta a tres años.

En la práctica, esto significa que la planificación tiene que hacerse antes del cierre: si el cliente tiene pensado repartir dividendos o hacer movimientos que reduzcan sus fondos propios, conviene analizar cómo afectará a este incentivo. Una conversación a tiempo puede marcar una diferencia importante en la cuota del impuesto.

Aprovechando esta revisión, también es un buen momento para repasar si hay bases imponibles negativas de ejercicios anteriores pendientes de compensar, cómo encajan con el resultado previsto y qué límites de compensación le aplican a la sociedad.


Cuándo cerrar operaciones y cuándo imputar ingresos y gastos

Otro aspecto que da mucho juego en estas fechas es el calendario de las operaciones. Si un cliente prevé cerrar un año especialmente bueno y tiene un proyecto importante a punto de terminar, puede ser interesante analizar si la operación se realizará en diciembre o en enero, y cómo afectará a cada ejercicio.

Eso sí, conviene recordarle algo que todos tenemos claro, pero que el cliente no siempre conoce: lo que cuenta es cuándo se realiza la operación (el devengo), no la fecha que se pone en la factura. La planificación consiste en organizar bien los tiempos, nunca en cambiar fechas para mover ingresos de un año a otro.

También es un buen momento para revisar si hay operaciones con cobro aplazado (que, en algunos casos, permiten imputar la renta a medida que se cobra), gastos que deberían imputarse a este ejercicio o ingresos que se han quedado sin registrar. Cuanto más ordenada esté la contabilidad en diciembre, más fácil será el cierre en enero.


Lista de comprobación para la reunión de fin de año

Para no dejarnos nada en el tintero, esta es la lista que podemos llevar a cada reunión:

  • Inversiones previstas en los próximos meses y fecha real de puesta en funcionamiento.

  • Facturas de gastos de la actividad pendientes de entregar o incompletas.

  • Facturas impagadas con más de seis meses desde su vencimiento.

  • Aportaciones a planes de pensiones realizadas en el año y margen disponible.

  • Donativos realizados y certificados de las entidades.

  • En sociedades: previsión de resultado, reparto de dividendos y evolución de los fondos propios.

  • Bases imponibles negativas pendientes de compensar.

  • Operaciones importantes que se cerrarán entre diciembre y enero.

  • Movimientos de socios o cambios relevantes en el negocio durante el año.


Cómo organizarnos en el despacho para llegar a todos

Sabemos que el último trimestre ya viene cargado de trabajo, así que la clave está en organizarse bien. Estas son algunas ideas que nos ayudan a sacarle partido sin morir en el intento:

  • Priorizar a los clientes con más margen de mejora, como los que han tenido un año con resultados muy distintos a lo habitual o los que han hecho cambios importantes en su negocio.

  • Pedir la información con antelación: inversiones previstas, aportaciones ya realizadas, facturas pendientes de cobro o movimientos de socios.

  • Preparar una lista de comprobación común para que todo el equipo revise los mismos puntos con cada cliente (la de arriba es un buen punto de partida).

  • Agendar las reuniones antes de diciembre, porque en las últimas semanas del año ya no hay tiempo para que el cliente tome decisiones con calma.

Además, estas reuniones son una oportunidad excelente para reforzar la relación con el cliente y demostrar el valor de nuestro asesoramiento más allá de presentar impuestos.

Fechas que conviene tener presentes

  • Octubre y noviembre: reuniones de planificación y recogida de información.

  • Antes del 31 de diciembre: inversiones en funcionamiento, aportaciones a planes de pensiones, donativos y decisiones sobre dividendos y fondos propios.

  • Enero: declaraciones del cuarto trimestre y resúmenes anuales.

  • Hasta el 31 de marzo: formulación de las cuentas anuales de las sociedades con ejercicio natural.


Preguntas frecuentes

¿Sirve de algo emitir la factura en diciembre si el trabajo se termina en enero?

No. Lo que determina el ejercicio es cuándo se realiza la operación, no la fecha de la factura. Adelantar o retrasar fechas no es planificación y puede traer problemas con la Agencia Tributaria.

¿Compensa adelantar cualquier compra para pagar menos impuestos?

Solo si la inversión ya estaba prevista y tiene sentido para el negocio. El ahorro fiscal es un complemento, no el motivo para gastar.

¿Cuenta una aportación al plan de pensiones hecha el 31 de diciembre?

Cuenta si se hace efectiva ese día, pero cada entidad tiene sus plazos de proceso. Lo prudente es hacerla con varios días de margen.


Conclusión

La planificación fiscal de fin de año no consiste en hacer magia en diciembre, sino en revisar a tiempo las decisiones que todavía pueden mejorar el resultado del ejercicio. Amortizaciones, gastos deducibles, planes de pensiones, donativos, reserva de capitalización o el calendario de las operaciones son puntos que merece la pena repasar con cada cliente antes del 31 de diciembre.

Y, sobre todo, es una de esas ocasiones en las que el cliente ve con claridad lo que aportamos como asesores: anticiparnos para que tome mejores decisiones, en lugar de limitarnos a contarle en enero lo que ya no tiene solución.


Enlaces oficiales:


 
 
 

Comentarios


Kit de supervicencia para el asesor: webs y software de interés 

aeat-blog1.png
Presentar impuestos

Agencia Tributaria

La web de la Agencia Tributaria es el portal oficial para gestionar impuestos, presentar declaraciones y acceder a trámites y servicios fiscales de forma segura y online.
asesorfis-blog2.png
Consejo General de Economistas - REAF

Asesor Fiscal 

El REAF es el órgano especializado del Consejo General de Economistas que agrupa a los asesores fiscales y les ofrece apoyo técnico, formación y actualización normativa para prestar un asesoramiento fiscal de calidad.
bilky-logo-blog1.png
Software para despachos 

Bilky 

Bilky es el software que utilizamos en mi despacho para  simplificar la gestión contable gracias a que se conecta con la facturación de los clientes (Verifactu). fiscal y documental mediante automatización y conexión segura y certificada. 
deh-logo-blog1.png
Certificados digitales

DEH ONLINE

DEH es una entidad autorizada para emitir y gestionar certificados digitales, fundamentales para que las asesorías realicen trámites electrónicos con las administraciones públicas en nombre de sus clientes de forma segura y legal.
bottom of page